Requisitos para solicitar la pensión del SOVI de hasta 441,70 euros al mes
El Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez (SOVI) reconoce pensiones de vejez, invalidez y viudedad, que tienen carácter vitalicio y de cuantía fija, para todas aquellas personas que cumplan con los requisitos para cada una de las pensiones y que, además, no tengan derecho a la pensión del actual sistema de la Seguridad Social.
Se trata de un mecanismo para quienes no pueden acceder a la jubilación ordinaria y, por tanto, al cobro de la prestación contributiva o pensión por parte de la Seguridad Social, ya que exige cumplir con una serie de requisitos, como el tiempo de cotización y la edad de la persona solicitante.
Cuantía y condiciones de estas pensiones
En este sentido, las cuantías fijas fijadas a partir de enero de 2021 se establecen en 441,70 euros mensuales en 14 pagas. Para solicitar esta pensión hay que acudir a cualquiera de los centros de atención e información del Instituto Nacional de la Seguridad Social o, en caso de los trabajadores del mar, en direcciones provinciales o locales del Instituto Social de la Marina, según la web oficial de la Seguridad Social.
Sin embargo, la Seguridad Social exige una serie de requisitos, dependiendo del tipo de pensión solicitada. Para la pensión por vejez, los requisitos son los siguientes:
- Haber cumplido los 65 años de edad o 60 en el supuesto de vejez por causa de incapacidad, que «debe ser permanente y total para la profesión habitual y no derivada de accidente de trabajo o enfermedad profesional».
- No tener derecho a otra prestación pública, con excepción de las pensiones de viudedad.
- Haber estado afiliado al Régimen del Retiro Obrero o tener cubiertos 1.800 días de cotización al Régimen del Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez (SOVI) antes del 1 de enero de 1967.
Para las pensiones por invalidez, los requisitos son:
- La invalidez debe ser absoluta y permanente para el trabajo habitual y debe ser la causa que determine el cese en el trabajo.
- No puede derivar por causa imputable al trabajador, de un accidente laboral o de enfermedad profesional que sean indemnizables.
- Se debe acreditar 1.800 días de cotización al Seguro de Vejez e Invalidez (SOVI) antes del 1 de enero de 1967. «No se considera válida, a estos efectos, la mera afiliación al extinguido Régimen de Retiro Obrero».
- No tener derecho a otra prestación, salvo las pensiones de viudedad.
- La persona solicitante debe tener 50 años cumplidos. Sin embargo, «si la invalidez está constituida por la pérdida total de movimientos en las extremidades superiores o inferiores, o pérdida total de visión, o enajenación mental incurable, se reconoce a partir de los 30 años».
Para las pensiones por viudedad, estos serían los requisitos:
- A nivel general, la Seguridad Social exige no tener derecho a ninguna otra pensión a cargo de este organismo público.
- Como requisito específico, si el fallecimiento se produjo con fecha anterior al 1 de enero de 1967, la persona solicitante debe haber cumplido los 65 años de edad en la fecha de la muerte del causante o estar totalmente incapacitado para trabajar. También se exige haber contraído matrimonio con el causante 10 años antes, al menos, del fallecimiento.
- Si el fallecimiento es posterior a la fecha indicada, a la persona solicitante de este seguro se le exigen los mismos requisitos que en el caso de la pensión de viudedad del Régimen General de la Seguridad Social.
- Si el causante no era pensionista del SOVI, se exige que haya estalo afiliado al Retiro Obrero Obligatorio o acreditar 1.800 días de cotización al SOVI antes de enero de 1967. La persona solicitante debe cumplir «los mismos requisitos que los establecidos para el supuesto de causante pensionista fallecido con anterioridad al 1 de enero de 1967».