Estas son las personas que no están obligadas a presentar la declaración de la Renta en 2024
Aún faltan algunos meses para el comienzo de la campaña para presentar el borrador de la declaración de la Renta, pero hay una serie de datos y cuantías que es importante que los contribuyentes conozcan de cara a elaborar el borrador. De hecho, habrá algunas personas que, en función de su renta, deberán presentar la declaración obligatoriamente o podrán abstenerse de hacerlo.
Esta cuantía es el mínimo exento establecido para presentar el borrador, cuantía que se fija cada año en los Presupuestos Generales del Estado. Para este año 2024, el mínimo exento es el fijado en los PGE de 2023 y que figura en la Ley del IRPF en su artículo 96, aunque desde el Gobierno y la oposición han manifestado su intención de modificarlo tras la subida del salario mínimo.
Qué contribuyentes no están obligados a hacer la Renta
Según explica la Ley del IRPF vigente en la actualidad, en 2024 no están obligados a declarar:
- Aquellos contribuyentes con rendimientos íntegros de trabajo menores a 22.000 euros si solo han tenido un pagador.
- Los contribuyentes con rendimientos íntegros de trabajo menores a 15.000 euros para dos pagadores, siempre que, del segundo y posteriores, hayan recibido menos de 1.500 euros.
- Contribuyentes que perciban menos de 15.000 euros anuales de rendimientos de trabajo, siempre que perciban pensiones o anualidades del cónyuge, perciban rendimientos sujetos a un tipo fijo de retención o perciban rendimientos de un pagador que no esté obligado a retener
- Quienes tengan rendimientos íntegros del capital mobiliario y ganancias patrimoniales sometidos a retención o ingreso a cuenta con el límite de 1.600 euros.
El mínimo exento en concepto de rendimientos de trabajo, por lo tanto, se sitúa en los 15.000 euros para dos pagadores (siempre que se cumplan las condiciones) y 22.000 para un único pagador.