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El PSOE impugna la lista del PP a las elecciones de Madrid por incluir a Toni Cantó en la candidatura: «Es inelegible»

El PSOE-M ha impugnado la candidatura del PP, encabezada por Isabel Díaz Ayuso, a las elecciones en la Comunidad de Madrid del próximo 4 de mayo por incluir a Toni Cantó, que los socialistas madrileños consideran es «inelegible».

El PSOE-M ha registrado este viernes una denuncia ante la Junta Electoral Provincial de Madrid en la que impugna la candidatura del PP en la que incluyen a Cantó como número 5, pues consideran que se empadronó fuera de tiempo para poder participar en las mismas, según han confirmado a 20minutos..

Los socialistas madrileños se hacen eco así de las dudas que había en torno a la elegibilidad por Madrid del actor, que en marzo pasado renunció a Ciudadanos y posteriormente se integró en la lista de la presidenta de la Comunidad de Madrid como número 5.

Cantó dejó a Ciudadanos el pasado 17 de marzo, dejando su escaño como diputado en las cortes valencianas, y días más tarde, el 24 de ese mes, anunció que se integraba en la candidatura de Ayuso. En esa semana, dijo que «hace unos días» se había empadronado en Madrid, requisito imprescindible para ser elegible en la Comunidad.

Sin embargo, según la Ley Orgánica de Régimen Electoral General (LOREG), el padrón que se usa para el censo electoral se cierra dos meses antes de la convocatoria. En el caso de Madrid, debe usarse el padrón vigente a fecha 1 de enero de 2021.

Por tanto, ese censo no vería reflejado, en principio, el cambio de empadronamiento de Cantó. Y la ley electoral madrileña establece que para ser elegible para un cargo es menester tener capacidad de voto, es decir, estar en el censo electoral.

Sin embargo, en el artículo cuarto de la ley electoral madrileña, hay un resquicio legal que podría abrir la puerta a la candidatura de Cantó. Ese apartado señala que, no obstante que los candidatos deben estar en el censo electoral, los aspirantes pueden acreditar ante la Junta, «de modo fehaciente, que reúnen todas las condiciones exigidas para ello».

Una salvedad a través de la cual Cantó podría demostrar su vinculación con la Comunidad, pues sus hijas viven en Madrid y tiene al menos un inmueble a su nombre.

En la denuncia, a la que ha tenido acceso Europa Press, se expone que la condición de empadronamiento en un municipio de la Comunidad de Madrid, que otorga la vecindad madrileña, y, por tanto, la condición de elector y elegible, «no se habría producido, no sólo antes del 1 de enero de 2021, sino una vez convocadas las elecciones después del 11 de marzo de 2020″.

«Cantó poseía la condición política de valenciano, ejerciendo los derechos políticos de dicha condición, como representante de los valencianos, derivada de su vecindad administrativa en aquella comunidad, conforme al artículo 3 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana (EACV). Hasta el 17 de marzo de 2021 Cantó era vecino y residente de la Comunidad Valenciana, y como tal elector y elegible en la misma, hasta tal punto que era representante público de los electores valencianos en la Cortes autonómicas», explican.

Además, los socialistas lo consideran inelegible ya que en lo dispuesto en el artículo 67 de la Constitución Española se declara expresamente que «nadie podrá ser miembro de las dos Cámaras simultáneamente, ni acumular el acta de una Asamblea de Comunidad Autónoma con la de Diputado al Congreso».

Para el PSOE, dado que Cantó ostenta el número cinco en la candidatura del PP a la Asamblea de Madrid publicada este 2 de abril para las elecciones del 4 de mayo, habiendo sido diputado autonómico de las Cortes Valencianas y residente en aquella Comunidad, por tanto, elector y elegible en aquella, hasta, al menos el 17 de marzo, fecha de su renuncia en aquella Cámara, indican como «necesario» tratar las condiciones de elegibilidad e inelegibilidad para concurrir como candidatos a esta cámara autonómica de la Comunidad Autónoma de Madrid.

En consecuencia, consideran que Cantó «no podría reunir la condición de elegible para las elecciones del 4 de mayo porque no puede ser elector en dichos comicios, al no ser vecino de la comunidad de Madrid el 1 de enero de 2021, pues su empadronamiento, su residencia habitual, y su trabajo hasta al menos el 17 de marzo, y por tanto, su carácter de elector y elegible, correspondía a la Comunidad Valenciana».

Por todo ello, el PSOE interpone esta denuncia por «infracción de lo dispuesto en los artículos 46.2 y 47.4 de la LOREG», y así como de la propia doctrina de la Junta Electoral Central y del Tribunal Constitucional y solicita que quede impugnada la lista del PP por la inclusión a Toni Cantó.

Piden que se comunique al representante de la candidatura del Partido Popular, la «irregularidad advertida en la lista para que formule alegaciones en el plazo de 48 horas, conforme dispone el artículo 47.2 LOREG».

Tras el trámite de subsanación previsto, piden que se declare que no se proclame a Cantó como candidato de la lista «por irregularidad manifiesta en su incorporación a la lista electoral».

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