Qué retención debe aplicarse en la nómina para que la Renta no salga a pagar

La campaña de la renta empieza el próximo 11 de abril y será el momento en el que tengamos que rendir cuentas ante la Agencia Tributaria en función de los ingresos que hayamos percibido en 2022.
En nuestra nómina, cada mes, vienen reflejadas las retenciones del IRPF, que en función de cómo se apliquen, harán que nuestra declaración de la renta salga a pagar o a devolver.
¿Y cuáles son los límites en etas retenciones que marcan si el resultado es uno u otro? Si las retenciones son menores de lo que corresponde, saldrá a pagar y si son mayores, saldrá a devolver.
Para saber qué retenciones nos corresponde aplicar, hay que saber cuáles son los tramos del IRPF aplicables en la nómina. No se deben sobrepasar, porque de hacerlo la Renta nos saldría a pagar:
- De 0 a 12.449 euros: un 19% de tipo impositivo.
- De 12.450 a 20.199 euros: un 24% de tipo impositivo.
- De 20.200 a 35.199 euros: un 30% de tipo impositivo.
- De 35.200 a 59.900 euros: un 37% de tipo impositivo.
- De 60.000 a 299.999 euros: un 45% de tipo impositivo.
- A partir de los de los 300.000 euros: un 47% de tipo impositivo.
Además, en la web de la Agencia Tributaria tenemos una calculadora que nos dice cómo quedan este 2023 las retenciones en el IRPF según el sueldo de cada empleado. Hay que rellenar un formulario e introducir los datos personales, económicos y de regulación solicitados.