Qué reformas en casa desgravan en el IRPF 2022-2023
La Agencia Tributaria ha anunciado que intensificará, a lo largo de 2023, el control sobre determinados sectores de negocio para evitar la economía sumergida. En este sentido, se impulsarán las visitas fiscales en relación con múltiples sectores, aunque con un enfoque especial a las actividades relacionadas con la construcción, rehabilitación y reformas de inmuebles. Cabe recordar que el pasado mes de octubre de 2021, se aprobaba en el Consejo de Ministros el Real Decreto-ley 19/2021, de 5 de octubre, que incluía nuevas medidas en materia de rehabilitación de viviendas, siendo una de ellas las posibles deducciones fiscales en la declaración anual del IRPF.
Una desgravación fiscal que había quedado suprimida desde el 1 de enero de 2013 y que se reactivó a través de este decreto como medida urgente en el contexto del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. En este sentido, la Agencia Tributaria permite distintas desgravaciones fiscales por las reformas en la vivienda para la mejora de eficiencia energética.
Tres deducciones fiscales temporales en el IRPF
Estas deducciones entraron en vigor en octubre de 2021 y se podrán aplicar a las obras y/o reformas realizadas desde el 6 de octubre de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2023. Como recoge el decreto, se añaden tres nuevas deducciones temporales «en la cuota íntegra estatal del IRPF aplicables sobre las cantidades invertidas en obras de rehabilitación que contribuyan a alcanzar determinadas mejoras de la eficiencia energética de la vivienda habitual o arrendada para su uso como vivienda».
La primera de ellas permitirá deducir hasta un 20% de las cantidades satisfechas por «las obras realizadas con una base máxima de deducción de 5.000 euros anuales», subraya el texto. Estas obras incluyen la reducción «de la demanda de calefacción y refrigeración» de la vivienda. En este sentido, se entenderán como tal aquellas obras que hayan reducido esta demanda cuando disminuya, al menos, un 7% la suma de los indicadores de demanda de calefacción y refrigeración del certificado de eficiencia energética de la vivienda expedido por el servicio técnico.
En segundo lugar, los contribuyentes podrán acceder a una desgravación del 40% en la renta con un máximo de 7.500 euros, siempre que las obras realizadas hayan contribuido a la reducción de, al menos, un 30% del consumo de «energía primaria no renovable en la vivienda».
Por último, la tercera deducción será del 60% con una base máxima de 15.000 euros para aquellas obras ejecutadas en la vivienda en materia de rehabilitación energética, con las que se obtenga una mejora de la eficiencia energética del conjunto del edificio en el que se ubica el inmueble.