Economía

Por qué es clave realizar el testamento tras un divorcio

Realizar el testamento es algo que, según avanza la vida, va siendo necesario realizar. En el caso de parejas casadas y con descendencia suelen ser trámites relativamente sencillos en su reparto, pero la situación en cuando se trata de parejas divorciadas cambia.

Puede ocurrir que no se haya realizado el testamento estando casado o que se quieran realizar cambios una vez divorciado. Según recoge Idealista, el abogado del bufete Ático Jurídico Salvador Salcedo explica varios supuestos por los que es recomendable tenerlo todo atado en estos casos.

Si uno de los miembros del matrimonio fallece la situación del otro varía respecto a la herencia en función de que hayan o no un testamento cerrado. En el segundo caso corresponderán al cónyuge viudo los derechos hereditarios que le atribuya la Ley.

La cuota cambiará según los herederos con los que este concurra a la herencia de su consorte fallecido. Si viudo «concurre a la herencia con hijos o descendientes tendrá derecho al usufructo del tercio de la herencia destinado a mejora. Si no hubiera descendientes, pero sí ascendientes, el cónyuge sobreviviente tendrá derecho a la mitad de la herencia en usufructo. Y en ausencia de ascendientes y descendientes, corresponderán al viudo dos tercios de la herencia en usufructo», explica Salcedo.

Si se da el primer caso y sí existe testamento, puede «otorgarse en el testamento al cónyuge el usufructo universal y vitalicio de sus bienes e introduciendo la cláusula llamada ‘cautela socini’, con la que el testador pretende asegurarse que sea respetada su voluntad de favorecer a su cónyuge».

Pero, ¿qué ocurre en caso de divorcio? Si no se ha hecho testamento durante el matrimonio y uno de los cónyuges muere «la cuestión tendrá una solución fácil, dado que el superviviente no será heredero forzoso del difunto y no concurrirá a la herencia que se adjudicará entre los herederos, según determine la ley y por orden de parentesco».

En el caso de que sí hubiera testamento hecho durante el matrimonio «lo previsible es que cada uno designara a su cónyuge como heredero, y que tras el divorcio no modificaran el testamento. En tal caso, pueden surgir dudas acerca de la posible interpretación de la cláusula testamentaria establecida a favor del excónyuge. Es una cuestión sobre la que se pronunció el Tribunal Supremo, en sentencia de 28-09-2018, que consideró ineficaz la disposición a favor del cónyuge, por entender que el cambio de circunstancias hizo desaparecer el motivo determinante por el que se testó a favor del cónyuge».

Por este motivo, el abogado Salvador Salcedo recomienda hacer el testamento o modificar el existente tras un divorcio. Pueden darse situaciones difíciles, como que un notario pueda «exigir la renuncia expresa del excónyuge designado como heredero. Una circunstancia que puede ser causa de no pocos conflictos si concurre a la herencia con los ascendientes de su difunto esposo». En el caso de que la pareja rota tenga hijos, lo habitual será instruirlos a ellos como herederos únicos.

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