Novedades fiscales en 2023, desglosadas una a una: IRPF, IVA, Impuesto de solidaridad y otros cambios importantes
2023 ha arrancado con importantes novedades en materia de fiscalidad, tras las medidas puestas en marcha por el Gobierno en los últimos meses. Por ello, la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ha elaborado un análisis con los principales cambios fiscales que pueden afectar a los contribuyentes este año.
Cambios en el IVA de determinados productos
Sin duda, una de las medidas más populares ha sido el anuncio de la rebaja del IVA en determinados productos de la cesta de la compra ante el alza inflacionista y la pérdida de poder adquisitivo de los consumidores. Así, se reduce al 0% para los productos básicos y baja del 10% al 5% en productos como el aceite o la pasta.
Esta rebaja se suma a la de otros productos, tal y como se contempla en la Ley de Presupuestos Generales para 2023, que establece una rebaja del IVA en productos de higiene menstrual, así como en preservativos y otros anticonceptivos no medicinales, que pasarán a tributar al 4%. «Además, en este caso, es una bajada permanente».
Novedades en la declaración del IRPF
El nuevo año trae cambios en el IRPF. La nueva normativa decretada por el Ejecutivo central destaca que, a partir de ahora, no estarán obligados a tramitar la declaración de la Renta los contribuyentes cuyos rendimientos no superen los 22.000 euros, siempre que cumplan el resto de requisitos.
«Hasta el año pasado ese límite era de 14.000 euros si los ingresos del trabajo proceden de más de un pagador (siempre que las cantidades recibidas por los demás pagadores fueran más de 1.500 euros). A partir de este año este límite queda fijado en 15.000 euros», detalla la organización.
Para autónomos también llegan novedades y es que, desde ahora, «si en cualquier momento del período impositivo hubieran estado de alta, siempre estarán obligados a declarar». El año pasado no estaban obligados si el cómputo de todos los rendimientos no superaba los 1.000 euros al año.
Impuesto de solidaridad a grandes fortunas
Se trata de una medida temporal que se aplicará a «las personas físicas que tengan un patrimonio neto superior a 3 millones de euros». Sin embargo, se establece un mínimo exento de 700.000 euros y hasta un máximo de 300.000 euros por la exención de la vivienda habitual. Por tanto, «se empezará a pagar con patrimonios netos de más de 4 millones de euros», aclara la OCU.
Tributación del ahorro
Otra de las novedades es que se añaden dos tramos a la escala por la que tributa la base liquidable del ahorro. Por tanto, a partir de este año, se aplica «un tipo del 27% para el tramo comprendido entre 200.000 y 300.000 euros, que antes tributaba al 26%» y, por otro lado, «si la base liquidable del ahorro supera los 300.000 euros, el exceso tributará al 28%».