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La jueza propone procesar a un líder neonazi que entró en la sede del PSOE

La juez que investiga la irrupción de varios integrantes del colectivo neonazi Hogar Social Madrid en la sede central del PSOE en enero de 2020 propone juzgar a la portavoz del grupo, Melisa Domínguez, por desobediencia o resistencia a los agentes de la autoridad, pero no por allanamiento.

En el auto del Juzgado de Instrucción número 3 de Madrid, la magistrada no atiende la pretensión del PSOE de atribuir a la demandada el delito de allanamiento de persona jurídica y sigue la pauta de la Fiscalía.

Se trata de un auto recurrible que, de hecho, el partido político ya ha recurrido al entender que sí concurre el allanamiento, han precisado fuentes del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM).

Recientemente la Audiencia Provincial de Madrid desestimó la recusación que interpuso la defensa de Melisa Domínguez contra la jueza instructora por sus posibles vinculaciones políticas con el PSOE, de manera que el juzgado ha continuado la investigación que ahora finaliza con el auto de transformación de las diligencias conocido este viernes.

Los hechos ocurrieron el 9 de enero de 2020, cuando una veintena de integrantes y simpatizantes de Hogar Social Madrid entraron en la sede socialista de la calle Ferraz para protestar porque les habían desalojado del edificio que ocupaban en ese momento, y se resistieron a la Policía que trataba de expulsarlos. Permanecieron media hora en el vestíbulo de la entrada, junto a los tornos de acceso.

La Policía detuvo a Melisa Domínguez, que quedó en libertad tras prestar declaración en comisaría aunque imputada por los incidentes.

La titular del Juzgado de Instrucción número 3, María Isabel Durántez Gil, abrió diligencias tras estudiar el atestado presentado por la Policía por un presunto delito de resistencia a agentes de la autoridad y la denuncia del PSOE, por un presunto delito de allanamiento.

Ahora la magistrada cierra la instrucción y considera probado que Rodríguez «a pesar de las múltiples veces en las que los responsables de seguridad del PSOE le comunicaron, como representante del grupo, la necesidad de que abandonaran el lugar y dejaran expedita la entrada al edificio, todos continuaron en el lugar durante varios minutos, obligando a que se requiriera la presencia de la Policía».

Luego los agentes solicitaron en varias ocasiones a la portavoz del grupo y al resto que desalojaran voluntariamente el lugar, lo que finalmente hicieron todos menos la primera, que «persistió en su negativa, obligando con ello a los policías a desalojarla de manera forzosa».

Sobre el denunciado delito de allanamiento el auto precisa que, según se aprecia en las imágenes grabadas aquel día, ni la portavoz del grupo ni ninguno de los concentrados trató de pasar los tornos de acceso a las instalaciones del partido, «situándose en la zona de acceso y en las puerta de entrada al edificio desde la calle».

Reconoce que el acceso al edificio pudo verse dificultado pero más porque las personas que querían pasar trataron de evitar conflictos, y concluye que «en absoluto puede apreciarse en el ánimo de la investigada la voluntad de atentar con dichos bienes jurídicos».

«Bien al contrario, su única intención era la dar eco a su protesta por haber sido desalojados» anteriormente de un inmueble que ocupaba Hogar Social Madrid, añade al rechazar el delito de allanamiento.

El auto da traslado a las partes para que en un plazo de 10 días califiquen los hechos y se pronuncien sobre la apertura del juicio oral o el sobreseimiento de la causa.

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