Economía

Esto es lo que tendrás que pagar de IRPF en la Renta de 2022 según la región en la que residas

El próximo 6 de abril de 2022 comienza la nueva campaña de la declaración de la Renta y Patrimonio correspondiente al ejercicio económico de 2021 para la presentación del borrador de forma telemática, según el calendario del contribuyente de la Agencia Tributaria.

En este sentido, una de las novedades más relevantes de este año está relacionada con los nuevos tramos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

Se trata de una modificación de este tributo que afectará a los patrimonios más altos, concretamente a cerca de 36.000 contribuyentes, y será una subida de dos puntos porcentuales a partir de los 300.000 euros en las rentas del trabajo y para los patrimonios de más de 10 millones. Asimismo, para las rentas de capital y ahorro superiores a 200.000 euros, la subida será de tres puntos porcentuales.

Estos son los tramos por comunidades

Por tanto, se incluye un tipo de gravamen nuevo del 47% para rentas superiores a 300.00 euros a nivel estatal. Sin embargo, las comunidades autónomas tienen cedido la mitad de este impuesto, por lo que cada ejecutivo autonómico puede añadir o prescindir de tramos en el IRPF.

Para el ejercicio económico correspondiente a 2021, los tramos impositivos en las diferentes Comunidades Autónomas quedarían establecidos de la siguiente manera:

  • Comunidad de Madrid: tipo aplicable mínimo del 9% (hasta 12.450 euros) y máximo del 21% (desde 53.407 euros).
  • Cataluña: escala autonómica de siete tramos, con tipo mínimo del 12% y máximo del 25,5%.
  • Cantabria: tipo mínimo de 9,5% y máximo del 25,5% en una escala de siete tramos.
  • Principado de Asturias: escala de ocho tramos con un tipo impositivo mínimo del 10% y máximo del 25,5%.
  • Castilla La-Mancha: tipo mínimo aplicable del 9,5% y máximo a partir de los 60.000 euros del 22,5% en una escala de cinco tramos.
  • Aragón: el tipo mínimo es del 10% y el máximo del 25% en una escala de diez tramos.
  • La Rioja: tipo mínimo aplicable es del 9% y el máximo del 25,50% a partir de los 120.000 euros en una escala de siete tramos.
  • Extremadura: tipo mínimo del 9,5% y máximo del 25% en una escala autonómica de nueve tramos.
  • Galicia: tipo mínimo aplicable del 9,5% y máximo del 22,5% en una escala de siete tramos.
  • Castilla y León: tipo mínimo aplicable del 9,5% y máximo del 21,5% en una escala autonómica de cinco tramos.
  • Canarias: escala de siete tramos con un tipo impositivo mínimo del 9% y máximo del 26%.
  • Islas Baleares: tipo mínimo del 9,5% y máximo del 25% en una escala de nueve tramos.

País Vasco y Navarra disponen de un régimen foral propio y su propia escala de tramos en este impuesto. La comunidad foral de Navarra mantiene un tipo mínimo aplicable en la región 13% y un máximo del 52% a partir de los 300.000 euros en una escala de 11 tramos. Mientras, en País Vasco, el tipo mínimo aplicable en Vizcaya, Álava y Guipúzcoa es del 23% y el máximo del 49% en una escala de ocho tramos.

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