Este es el límite de dinero en efectivo que se puede llevar por la calle
Cada vez son más las personas, incluso nuestros mayores, los que dejan de lado el método convencional de pago en efectivo y utilizan los pagos a través de tarjetas o, incluso, con los teléfonos móviles.
Esto es una ventaja a la hora de evitar llevar mucho dinero en efectivo encima, además de que los pagos son más rápidos y seguros. Sin embargo, hay quien todavía sigue usando el método tradicional para realizar ciertos pagos.
Así, es necesario saber que la normativa establece unos límites tanto a la hora de pagar en efectivo como a la hora de llevar ciertas cantidades de dinero encima. Todo ello viene regulado en la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, que determina la cuantía máxima.
¿Cuáles son los límites actuales? ¿Y para el pago en efectivo?
El límite de dinero que se puede llevar en efectivo dentro de España está establecido en 100.000 euros. En el caso de que se quiera mover esta cantidad o una superior por territorio nacional será necesario declarar este trámite. Por otro lado, si se trata de la «salida o entrada en territorio nacional» desde el extranjero, el límite se establece en 10.000 euros.
Los pagos en efectivo también tienen un límite para hacer frente a los fraudes y la nueva normativa ha rebajado esta cantidad a 1.000 euros. Así, la Ley 11/2021, de 9 de julio, detalla que al adquirir un producto o un servicio con un valor superior a esta cifra se deberá utilizar otro medio de pago, como tarjeta de crédito o transferencia bancaria
«Desde el 11 de julio de 2021, no pueden pagarse en efectivo las operaciones de un importe igual o superior a 1.000 euros o su contravalor en moneda extranjera, en el caso de los pagos en los que alguna de las partes actúe en calidad de empresario o profesional. Este importe se eleva a 10.000 euros en el caso de que el pagador sea una persona física que justifique que no tiene su domicilio fiscal en España y no actúe en calidad de empresario o profesional», detallan en el Banco de España al respecto.