Estas son las sanciones si no se presenta la declaración de la renta
La campaña de la renta dará comienzo el próximo 11 de abril, cuando se abrirá el plazo para presentar la declaración del IRPF correspondiente a 2022 a través de la web de la Agencia Tributaria, y finalizará el 30 de junio.
Aunque no todas las personas están obligadas a presentarla anualmente, sí conviene saber que existen sanciones para aquellos que no presenten la declaración en esa horquilla de tiempo.
Tal y como recuerdan desde Noticias Trabajo, la cuantía de esas multas dependerá de quién detecta esa falta —la Agencia Tributaria o el contribuyente—, así como si esa declaración sale a pagar o a devolver.
En todo caso, lo ideal es siempre presentar dicha declaración, aunque sea con retraso, ya que el recargo será mayor cuanto más tiempo se tarde en regularlo.
Si sale a devolver (o está a cero) y es el ciudadano quien informa del fallo, la Agencia Tributaria ingresará la cantidad que corresponda, aunque con una multa de 100 euros. En el caso contrario, si es Hacienda quien detecta que no se presentó el borrador de la renta, se ingresará la cantidad a devolver, pero con una sanción de 200 euros.
Por otro lado, si la declaración no presentada sale a pagar y es el contribuyente quien informa de ello, se aplicará un recargo con intereses de demora por parte de Hacienda que quedarían de la siguiente manera:
- Hasta 3 meses: recargo del 5% sin intereses.
- Hasta 6 meses: recargo del 10% sin intereses.
- Hasta 12 meses: recargo del 15% sin intereses.
- Más de 12 meses: recargo del 20% más intereses de demora (5%).
En el caso de que sea Hacienda quien detecta esa declaración a pagar, la administración notificará al contribuyente que debe presentar dicha declaración y, posteriormente, aplicará una multa que oscilará entre el 50% y el 150% de la cantidad a pagar, en función de la gravedad del ocultamiento y del prejuicio causado. Si se paga durante los primeros 5 días hábiles desde que se notifica, se aplicará una reducción del 25%.