El Supremo zanja mañana las dudas sobre el IRPH de las hipotecas ante el caos judicial
El Tribunal Supremo se pronunciará mañana sobre la legalidad de las hipotecas ligadas al Índice de Referencia de los Préstamos Hipotecarios (IRPH), después de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) no despejara todas las dudas acerca de su posible abusividad, en su esperado fallo del pasado mes de marzo.
De hecho, la Justicia europea acordó que fueran los tribunales nacionales los que decidieran acerca de la falta de transparencia de las hipotecas suscritas con IRPH, pero eludió declararlo nulo, en línea con lo establecido en noviembre de 2017 por el Supremo, que consideró que la mera referencia de una hipoteca a un índice oficial no implicaba falta de transparencia ni abuso alguno.
Esta falta de criterio creó un auténtico caos judicial, con división entre jueces que han dado la razón a los consumidores y otros que se han estado posicionando a favor de la banca, como ya contó El Confidencial.
Tras el fallo del TJUE, se ha producido un caos judicial, con división entre jueces que han dado la razón a los consumidores y a la banca
La división judicial llevó a que el alto tribunal decidiera a finales del pasado mes de julio suspender la admisión de nuevos recursos de casación sobre el IRPH, un proceso que se retomará este miércoles, momento a partir del cual se espera que quede condicionada la admisibilidad de los siguientes casos.
Está previsto que el pleno de la Sala de lo Civil se reúna a partir de las 10:30 para su votación y fallo, un encuentro que aguardarán con atención tanto los consumidores con IRPH como la gran banca, con una cartera de más de 16.000 millones en estas hipotecas.
¿Qué dijo el TJUE?
La Justicia europea dictaminó el pasado 3 de marzo que el IRPH debe estar sometido a control judicial de los tribunales españoles, quienes deben decidir si se trata de cláusulas abusivas incluidas en contratos hipotecarios. Según este fallo, los jueces españoles son los que deben evaluar cada caso, pudiendo sustituir el IRPH por otro índice, como el euríbor, para proteger a los consumidores «de las consecuencias especialmente perjudiciales que podrían derivarse de la anulación del contrato de préstamo».
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Ahora, asociaciones como Adicae esperan que el Supremo cierre definitivamente la brecha abierta por el IRPH, que consideran un índice «abusivo y engañoso», por lo que esperan que se pronuncie a favor de los consumidores, marcando el camino para resarcir a los afectados de forma efectiva.
Esta asociación ha sostenido desde un principio que la banca ha actuado de manera engañosa, al comercializar un producto de difícil entendimiento con el gancho publicitario de que era favorable para los consumidores. Según sus cálculos, un consumidor con una hipoteca de 2004 o 2005 con IRPH puede haber llegado a pagar 20.000 euros de más frente a las referenciadas con el euríbor.
Por su parte, desde la Asociación de Usuarios Financieros (Asufin), calculan en torno a un millón de hipotecados en IRPH. Afectados que han pagado desde 2004 un sobrecoste medio total de unos 25.000 euros, a razón de 165 euros de más en la cuota mensual de sus préstamos desde 2004, «año tomado como referencia por la contratación masiva de hipotecas, previa a la crisis, sobre todo por parte de las cajas de ahorros», en palabras de Patricia Suárez, presidenta de Asufin.
CaixaBank y Bankia, muy expuestos
La banca se juega miles de millones de euros si el Tribunal Supremo emite un fallo favorable para los consumidores. De hecho, las entidades tenían a cierre del primer trimestre del año una exposición de crédito en hipotecas referenciadas al IRPH de casi 17.000 millones de euros.
Del fallo del Supremo dependerá el mayor o menor golpe para las entidades financieras, y son tres los escenarios posibles. El primero sería que, en caso de nulidad, el banco tenga que «devolver todos los intereses pagados en concepto de IRPH y, desde ese momento en adelante, no se aplicaría ningún otro interés salvo que esté reflejado en las escrituras, que solo podría ser el diferencial o, de haberlo, un sustitutivo», según explican desde la asociación Reclama por Mí.
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En el segundo escenario, explican que, «en lugar de considerar nulo el índice, se sustituiría por el euríbor incluso cuando en la escritura no figurase como alternativa, de modo que se recalcularía la hipoteca y se devolverían al demandante las cantidades abonadas de más». Y, por último, «la posible prescripción de la acción de reclamación«, aunque desde la plataforma lo ven poco probable.
¿Qué entidades son las más expuestas? De acuerdo con los datos que maneja el mercado, la gran banca española suma una cartera hipotecaria referenciada al IRPH de unos 16.300 millones: CaixaBank alcanzaría los 6.446 millones; Santander, 4.300 millones; BBVA, 3.100 millones; Bankia, 1.600 millones, y Sabadell, 831 millones.
CaixaBank y Bankia tienen en conjunto una exposición superior a los 8.000 millones al IRPH
De este modo, CaixaBank y Bankia tienen en conjunto una exposición en torno a los 8.000 millones de euros al IRPH. En esta línea, la agencia de calificación Moody’s ha avisado de que las contingencias legales pueden afectar al perfil crediticio del grupo combinado.
¿Qué debe aclarar el Supremo?
Según Reclama por Mí, «es fundamental un criterio claro al que los jueces puedan atenerse para decidir si el IRPH es abusivo por falta de transparencia y las consecuencias de su uso». De hecho, según datos de Asufin, desde el veredicto de Europa hasta mediados de julio, los tribunales han dictado 28 sentencias favorables al consumidor y 20 en contra
Desde Reclama por Mí, creen que el Supremo puede bien aclarar qué se entiende por falta de transparencia y sus consecuencias o elevar una nueva cuestión prejudicial al TJUE. En relación con el primer punto, explican, el alto tribunal deberá decidir si la falta de transparencia debe conllevar la nulidad del IRPH o si es lo que permite llevar a cabo el juicio de abusividad de la cláusula.
En ambos casos, «es posible que clarifique qué elementos objetivos deben considerarse necesarios para que sea válido, como la evolución del IRPH a lo largo de los años, la comparación con el euríbor…». Pero también podría devolver esta «patata caliente» a Luxemburgo para que aclare cómo debería entenderse.
«Esperamos que no, ya que paralizará de nuevo todos los casos y las familias afectadas seguirían pagando 200 o 300 euros más al mes que si tuvieran su hipoteca referenciada al euríbor», señalan desde la asociación Reclama por Mí.
Creado en 1994, el IRPH es un índice oficial que elabora mensualmente el Banco de España. Aunque desde 2002 las hipotecas a tipo variable se calculan con la referencia del euríbor a un año, el IRPH es la segunda referencia más utilizada.
Las reclamaciones por su uso como índice principal se desencadenan entre 2013 y 2016, cuando se estabilizó en valores próximos al 2%, mientras que el euríbor empezó a aproximarse a cero, hasta entrar en terreno negativo.
Esto hizo que en el caso del IRPH, las cuotas hipotecarias se mantuvieran estables e incluso se elevaran, mientras que con el euríbor se fueron reduciendo de forma considerable.
Los consumidores sostienen que las entidades se cubrieron del posible abaratamiento de las hipotecas al fomentar el IRPH, como sugieren desde Adicae, e insisten en que la banca «ha actuado de manera engañosa al comercializar un producto de difícil entendimiento con el gancho de que era favorable».
El sector, en cambio, argumenta que se trata de un índice fijado conforme a disposiciones legales que no había sido cuestionado hasta ahora, y rechaza compararlo con las cláusulas suelo, al no formar parte de las condiciones contractuales.