El Supremo confirma 22 años de cárcel para un hombre que apuñaló y retuvo a su exnovia hasta que intervinieron los GEO en Leganés
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha ratificado los 22 años y ocho meses de prisión a un hombre por los delitos de amenazas graves, detención ilegal, lesiones y daños leves, tras retener y apuñalar con un cuchillo a su expareja en una vivienda de Leganés (Madrid), hasta que los GEO llegaron a la casa y lo detuvieron.
El rechazo al recurso de El Mehdi H., con ponencia del magistrado Pablo Llarena, se plasma en una sentencia del alto tribunal del pasado 25 de abril y a la que ha tenido acceso Europa Press.
La Sala confirma asimismo que debe pagar una indemnización de casi 20.000 euros a la mujer, una multa de 360 euros y la prohibición de acercarse a la víctima y los hijos de ésta a menos de 500 metros durante más tiempo que los años fijados de cárcel.
Los hechos se remontan al 14 de octubre de 2019, aunque la relación entre ellos había comenzado al poco de entrar él a vivir en la casa de la mujer, que vivía allí con sus hijos y le alquiló una habitación, pero la convivencia se rompió meses antes del suceso.
Asalto de los GEO
En torno a las 07.10 horas de la mañana, el condenado fue ese día hasta el edificio de Leganés en el que estaba la vivienda. Al comprobar que ella había pasado la noche con otra persona, El Mehdi H. arremetió contra ambos, mientras esperaban al ascensor, con un cuchillo de cocina de 16 centímetros de hoja y una pistola de aire comprimido, «inoperante» para disparar por la rotura de una pieza.
Los amenazó de muerte, mientras que el acompañante de la mujer le plantó cara y pudo esquivar una cuchillada en el estómago. «Después, el acusado consiguió hacerse con las llaves de la vivienda», entró y mantuvo retenidos unas horas a la mujer y a los hijos de ésta, bloqueando con un mueble de «gran tamaño» la puerta de la casa.
Durante ese tiempo, y hasta la llegada de los Agentes del Grupo Especial de Operaciones (GEO) de la Policía Nacional, él le dio tirones de pelo, golpes e intentó varias puñaladas que ella pudo evitar, menos una en el costado, defendiéndose con los brazos.
Los GEO tuvieron que utilizar un ariete para poder entrar a la casa, donde a mediodía liberaron a los menores y redujeron al hombre con una descarga eléctrica de una pistola Taser, después de minutos de tensión en los que la mujer aprovechó un despiste para soltarse.
Expulsión de España
Aparte de la condena de cárcel, la Audiencia Provincial de Madrid, que lo juzgó en 2021, le impuso que cuando hubiera cumplido las tres cuartas partes de la condena o conseguido el tercer grado penitenciario, la pena a cumplir entre rejas sería reemplazada por su expulsión de España y con la prohibición de volver en 10 años, en una sentencia que, con todo, lo absolvía de intento de homicidio.
Sin embargo, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) estimó parcialmente el recurso presentado por El Mehdi H., al borrar de su sentencia el punto de la expulsión del territorio nacional como castigo sustitutivo de la pena privativa de libertad.
En su recurso al alto tribunal, el condenado argumentó que las lesiones causadas a su exnovia en la agresión eran leves y no conllevaron «riesgo vital». El Supremo lo desoye por la «intensidad» del ataque: «Hizo creer» a la mujer «que iba a morir».
Alegaba, además, que a lo largo del proceso judicial había reclamado varias veces someterse a una prueba para evidenciar su toxicomanía, pero que no se hizo a tiempo y ello le produjo una indefensión a la hora de demostrar, según él, que el día de los hechos tenía anuladas o limitadas sus facultades mentales a raíz de haber consumido alcohol, chocolate, cocaína y éxtasis.
Los magistrados apuntan que el día de los hechos se le ofreció al condenado ser examinado por un médico forense, si bien su abogado defensor tardó cuatro días desde la detención en pedir el chequeo, que consistía en hacer un análisis a partir de su cabello. Si no se hizo «de manera inmediata», precisan, «fue porque ya había optado por cortarse el pelo en el servicio de peluquería» de la cárcel, lo cual obligó a retrasar la prueba hasta casi un año más tarde, cuando los restos de una posible ingesta de drogas habían desaparecido.
Al mismo tiempo, El Mehdi H. defendía que solo había actuado con violencia contra su expareja, pero nunca contra los hijos de ella. En cambio, a criterio de la Sala de lo Penal el condenado era consciente de su conducta, es decir, de que los menores estaban en la casa y que los había encerrado para evitar que pudieran ayudar a su madre. «La detención ilegal se desarrolló durante horas y mucho más allá de la actividad lesiva inicialmente desplegada», indica.