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El casero no puede entrar en tu piso aunque estés de vacaciones: estos son tus derechos

Irse de vacaciones no significa dejar la puerta abierta al propietario de una vivienda alquilada. Aunque el piso sea de su propiedad y tenga una copia de las llaves, no puede entrar en la casa sin el consentimiento del inquilino mientras el contrato de arrendamiento siga vigente.

La razón está en la inviolabilidad del domicilio, un derecho protegido por el artículo 18 de la Constitución Española. La norma establece que el domicilio es inviolable y que ninguna entrada o registro puede realizarse sin el consentimiento de su titular, salvo determinadas excepciones, como una resolución judicial o un delito flagrante.

El propietario cede el uso de la vivienda

Cuando se firma un contrato de alquiler, el propietario cede al inquilino el uso de la vivienda durante el periodo pactado. Aunque el inmueble siga siendo propiedad del arrendador, el domicilio del inquilino queda protegido por su derecho a la intimidad.

La Ley de Enjuiciamiento Criminal también recoge esta protección. Su artículo 545 establece que nadie puede entrar en el domicilio de una persona sin su consentimiento, salvo en los casos y en la forma previstos legalmente. Por ello, tener las llaves del piso no da al casero vía libre para acceder a él.

Esto también se aplica aunque el casero quiera comprobar el estado del inmueble, realizar una inspección o acceder a alguna de sus habitaciones. La ausencia temporal del inquilino no equivale a un permiso para entrar. De hecho, entrar sin autorización podría suponer una vulneración del derecho a la inviolabilidad del domicilio.

¿Puede entrar para enseñar el piso a otro inquilino?

Si el contrato está a punto de terminar y el propietario quiere enseñar la vivienda a posibles nuevos inquilinos, no puede acceder al piso sin contar antes con el permiso de quien todavía lo ocupa. Lo habitual en estos casos es que ambas partes acuerden las visitas y establezcan previamente un día y una hora. El propietario puede tener interés legítimo en encontrar un nuevo arrendatario, pero eso no elimina el derecho del inquilino a la intimidad dentro de su domicilio.

¿Y si hay que reparar una avería?

La necesidad de realizar una reparación tampoco supone, por sí sola, un permiso para entrar sin consentimiento. La Ley de Arrendamientos Urbanos establece que el arrendador debe realizar las reparaciones necesarias para conservar la vivienda en condiciones de habitabilidad. Sin embargo, para acceder al interior del domicilio deberá coordinarse con el inquilino y obtener su autorización, salvo que concurra una situación excepcional que permita legalmente la entrada.

¿El contrato puede permitir que entre cuando quiera?

Una cláusula del contrato de alquiler tampoco puede permitir al propietario entrar libremente en la vivienda, sin consentimiento. El artículo 1255 del Código Civil permite a las partes establecer los pactos y condiciones que consideren convenientes, pero siempre que no sean contrarios a las leyes, la moral o el orden público. Una cláusula así puede ser considerada nula si vulnera derechos protegidos legalmente.

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