Economía

Cuáles son las bonificaciones para autónomas durante y tras el embarazo

Una de las principales obligaciones de los trabajadores y trabajadoras por cuenta propia es el abono de la cuota mensual y las cotizaciones a la Seguridad Social. Esto puede suponer un problema cuando la actividad económica se reduce, por ejemplo, durante el embarazo. Pero, ¿en qué situaciones existen bonificaciones durante la maternidad?

Como recuerda la Seguridad Social en su cuenta de atención a la ciudadanía de Twitter, al tener un hijo existe una bonificación del 100% de las cuotas a la Seguridad Social «durante el descanso por nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento, riesgo durante el embarazo o riesgo durante la lactancia natural».

¿Cómo son las bonificaciones?

Según las tablas de beneficios en la cotización a la Seguridad Social, las trabajadoras en periodos de descanso por los supuestos descritos tienen una «bonificación del 100% de la cuota de autónomos aplicable a la base media de los 12 meses anteriores».

La duración de esta bonificación se extenderá durante «el periodo de descanso», tal y como establece el artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores. Asimismo, aquellas trabajadoras que se reincorporen a su actividad laboral en los dos años posteriores a la fecha del cese por maternidad, adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento y tutela, también podrán acceder a una reducción de 60 euros al mes si eligen la base mínima.

«Podrán aplicarse durante el período antes indicado una bonificación del 80% sobre la cotización por contingencias comunes, siendo la cuota a bonificar la resultante de aplicar a la base mínima de cotización que corresponda el tipo de cotización por contingencias comunes vigente en cada momento», destaca el citado artículo.

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